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La Segunda Sala del Tribunal rechazó las impugnaciones hechas por Unión Calera en su reclamo para revertir el castigo por la utilización de un sexto entranjero en cancha como fue el caso de Axel Encinas en los partidos ante Everton y Cobresal. Desde Calera señalan que la inscripción del argentino Encinas estuvo con contrato juvenil durante las temporadas 2024 y 2025, por lo que cumple con el requisito anteriormente mencionado, a la espera de la interpretación que le den desde el ente rector del fútbol chileno. Sin embargo la Segunda Sala no consideró ninguna de la impuganciones y mantuvo su sentencia que por ahora están condenando al cudro de la Quinta Región a los últimos lugares de la tabla
“Que se rechazan, en todas sus partes, las impugnaciones formuladas por el Club Unión La Calera en contra de la sentencia dictada por la Primera Sala del Tribunal Autónomo de Disciplina de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional, con fecha 6 de marzo de 2026, en los autos acumulados Rol N°3-2026, y, en consecuencia, se CONFIRMA en todas sus partes la referida sentencia, manteniéndose la sanción de pérdida de los puntos obtenidos por dicho club en los partidos disputados frente al Club Everton y al Club Cobresal por la Primera y Segunda Fechas del Campeonato Nacional de Primera División, Temporada 2026, entendiéndose, en consecuencia, ganados ambos encuentros por los clubes denunciantes, por el marcador de tres goles a cero (3x0).
