Con la reciente publicación de la Ley 21.824, el panorama del deporte
profesional en Chile vive una de sus transformaciones más profundas desde la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas. Esta normativa no solo moderniza las estructuras de los clubes, sino que pone el foco en la transparencia financiera, el fin de los conflictos de interés y el reconocimiento del valor que tienen los hinchas en la identidad de sus equipos.
¿Qué cambia con esta ley? Los puntos claves
La nueva ley introduce conceptos y obligaciones que buscan profesionalizar aún más la actividad y dar seguridad a los seguidores de que el deporte se juega de forma limpia, tanto dentro como fuera de la cancha:
1. Nuevas figuras legales: Se distingue claramente entre las Ligas Deportivas Profesionales (LDP) —que organizan los torneos— y las Organizaciones Deportivas Profesionales de Base, que son los clubes (pueden ser sociedades anónimas, corporaciones o fundaciones con fondos profesionales).
2. Registro Público Obligatorio: Se crea un Registro Público de Organizaciones Deportivas Profesionales administrado por el Instituto Nacional de Deportes (IND). Estar en este registro es obligatorio para poder organizar o participar en espectáculos profesionales.
3. Adiós a la multipropiedad: Se prohíbe que una misma persona o empresa sea dueña de más de un club en la misma liga. Si alguien tiene el 3% o más de las acciones de un club, no puede tener acciones en otro equipo competidor.
4. Transparencia Total: Las organizaciones deben declarar quiénes son sus "beneficiarios finales" (los dueños reales detrás de las empresas). Además, las ligas deben publicar anualmente este listado para conocimiento público.
5. Protección al Fútbol Femenino: Los clubes que participen en ligas femeninas profesionales están obligados a contratar a sus jugadoras bajo el régimen de deportista profesional, prohibiéndose la subcontratación o tercerización.
6. El Hincha al Centro: Los clubes deberán establecer mecanismos para consultar a la organización de hinchas más representativa sobre temas de identidad, como el diseño del escudo, los colores históricos o políticas de desarrollo deportivo.
Diferencias con el sistema anterior
Antes
Escaso control sobre quiénes eran los dueños reales ocultos tras fondos de
inversión.
Ahora
Obligación estricta de declarar beneficiarios finales y prohibición de invertir si no se identifica a las personas naturales.
Antes
Existía ambigüedad sobre la propiedad de múltiples clubes por un mismo grupo
económico.
Ahora
Prohibición clara: no se puede tener más del 3% en dos clubes de la misma liga.
Antes
Los hinchas no tenían voz formal en decisiones de identidad del club.
Ahora
Consulta obligatoria a hinchas sobre patrimonio inmaterial e identidad.
Antes
Mayor opacidad en la relación entre agentes de jugadores y dueños de clubes.
Ahora
Los agentes de jugadores tienen prohibido ser dueños o socios de clubes.
Casos explicativos: ¿Cómo funciona en la práctica? Para entender mejor el impacto, presentamos tres situaciones cotidianas bajo la nueva ley:
• Caso 1: El cambio de escudo. Si un club decide modernizar su imagen y cambiar el escudo tradicional, ya no puede hacerlo "entre cuatro paredes". La ley le obliga a consultar a la organización de hinchas más representativa. No hacerlo se considera una falta grave que puede acarrear multas de hasta 399 UTM.
• Caso 2: El dueño que quiere comprar otro equipo. Supongamos que un empresario exitoso es dueño del "Club A" y quiere comprar el "Club B" que juega en la misma liga para "potenciarlo". Con la nueva ley, esto es ilegal. Deberá elegir uno, pues si mantiene acciones en ambos por sobre el 3%, se le suspenderán sus derechos políticos y económicos, y será multado severamente.
• Caso 3: La contratación de jugadoras. Un club femenino profesional no podrá contratar a sus jugadoras a través de una empresa externa o "agencia de empleos". La ley exige que la única empleadora sea la organización deportiva de base, asegurando contratos de trabajo profesionales directos
Fiscalización y Sanciones
La vigilancia de estas normas estará a cargo de dos entidades principales: la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) (para temas de información pública y financiera) y el Instituto Nacional de Deportes (IND). Las multas por incumplimiento se dividen en leves, graves y gravísimas, pudiendo llegar hasta las 800 UTM en casos de fraude o abuso del régimen legal.
¿En qué afecta a la selección chilena la nueva ley?
De acuerdo con la nueva Ley 21.824, el impacto en la selección chilena (y en los seleccionados nacionales de cualquier disciplina) se centra en la organización, administración y la separación de poderes entre quienes dirigen los clubes/ligas y quienes dirigen la federación nacional.
Los puntos clave que afectan a la selección son:
• Responsabilidad Exclusiva e Indelegable: La ley establece explícitamente que la
responsabilidad de conformar, administrar y gestionar la participación de los
seleccionados nacionales de todas las categorías (que representen al país en
competiciones internacionales) corresponde exclusivamente a las federaciones
deportivas nacionales. Esta atribución es indelegable, lo que refuerza el rol de la
federación por sobre las ligas profesionales en lo que respecta a la representación del país.
• Separación de Cargos (Fin a los "dobles roles"): Se establece una incompatibilidad estricta de cargos. Las personas que ejerzan cargos directivos, gerenciales o en órganos internos en una federación deportiva nacional no pueden ejercer simultáneamente funciones de la misma naturaleza en una liga deportiva o en cualquier otra organización deportiva profesional. Esto busca evitar conflictos de interés entre quienes velan por el torneo local y quienes dirigen la federación que controla a la selección.
• Integración Obligatoria: Para que una Liga Deportiva Profesional (LDP) pueda operar, debe integrarse previamente a la federación deportiva nacional correspondiente. De esta manera, la liga profesional se asimila a una asociación deportiva dentro de la estructura de la federación.
• Plazos de Adecuación: Las federaciones (como la Federación de Fútbol de Chile) tienen un plazo de dieciocho meses para adecuar sus estatutos al Régimen Especial de las Federaciones Deportivas Nacionales y proceder a su inscripción en el registro correspondiente.
• Fomento del Deporte Profesional: La Política Nacional de Actividad Física y Deporte ahora deberá propender prioritariamente a generar condiciones que posibiliten el fomento y promoción de la actividad deportiva profesional, tanto masculina como femenina, otorgándole un valor social e inclusivo.
En resumen, la ley busca que la gestión de "la Roja" (y otras selecciones) quede bajo un mando federativo transparente y separado de la administración cotidiana de los clubes profesionales y sus ligas, asegurando que la federación mantenga el control total y exclusivo sobre los equipos nacionales.