El violento arranque del Campeonato 2026 entre Universidad de Chile y Audax Italiano no solo dejó un informe arbitral duro: también reactivó un precedente reciente y clave del Tribunal Autónomo de Disciplina, dictado tras la Supercopa 2024 entre Huachipato y Colo Colo, que hoy marca la hoja de ruta para este tipo de episodios.
En ese fallo, el Tribunal estableció que da lo mismo quién organice el espectáculo —en ese caso fue la ANFP—: los clubes igual responden disciplinariamente por la conducta de sus adherentes. La Primera Sala acreditó violencia grave y sistemática (lanzamiento de proyectiles, incendios, invasión de zonas de exclusión, enfrentamientos con Carabineros y suspensión del partido) y sancionó inicialmente a 12.820 asistentes del sector norte con prohibición de ingreso por cinco partidos consecutivos.
Sin embargo, tras la apelación presentada por Colo Colo, la Segunda Sala modificó la forma del castigo, aunque mantuvo su fondo: se descartó la prohibición individual masiva y se optó por una medida estructural, limitando la sanción a la clausura de la galería norte por cinco partidos oficiales como local, cualquiera fuera el estadio. El Tribunal fue explícito en que no existe base normativa para castigar a espectadores específicos sin prueba directa de participación, y que el foco debe ponerse en el sector donde se concentraron los desmanes, buscando proporcionalidad y resguardo del público que asiste pacíficamente.
Ese fallo terminó por fijar un estándar que hoy vuelve al centro del debate: violencia localizada implica sanción localizada.
Es precisamente ese criterio el que ahora amenaza a Universidad de Chile, luego del caótico estreno ante Audax Italiano. El informe arbitral y los registros audiovisuales describen desmanes concentrados en sectores específicos del Estadio Nacional, con interrupción del normal desarrollo del partido, un escenario que calza casi punto por punto con lo ocurrido en la Supercopa del año pasado.
Bajo esa jurisprudencia, la U se expone principalmente a una clausura parcial del estadio —con cierre de la galería o sector involucrado— por un rango que puede ir de una a cinco fechas como local. También podrían imponerse medidas operativas adicionales, como restricciones de aforo o exigencias reforzadas de seguridad. La opción de jugar a puertas cerradas existe en el reglamento, pero el propio Tribunal dejó establecido en 2024 que se trata de una sanción extrema y que, cuando los hechos están focalizados, debe privilegiarse el castigo sectorizado antes que afectar a todo el estadio.
Hay otro punto clave que el precedente deja claro y que pesa sobre el expediente azul: el club no queda liberado de responsabilidad por el hecho de no organizar el partido o por contar con planes de seguridad aprobados. El Código de Penalidades permite sancionar al equipo cuyos adherentes protagonizan los incidentes, independientemente de esas circunstancias.
Así, la audiencia de este martes no solo definirá el castigo para Universidad de Chile. También pondrá nuevamente a prueba el criterio que el propio Tribunal construyó hace menos de un año: sancionar, pero hacerlo con precisión quirúrgica. El espejo de la Supercopa 2024 está ahí, incómodo y elocuente, marcando el camino de lo que viene.