San Antonio Unido jugará este jueves su última carta administrativa para mantenerse en la Segunda División Profesional. A las 19:30 horas, vía telemática, el club presentará ante el Tribunal Autónomo de Disciplina de la ANFP un extenso alegato solicitando la revocación de la Sentencia Rol 112/25, que decretó la pérdida de la categoría. La Hora de King Kong tuvo acceso exclusivo al documento antes de su exposición oficial.
En el escrito, el SAU califica la sanción como jurídicamente improcedente, manifiestamente desproporcionada y generadora de un perjuicio irreparable para la institución, advirtiendo que el descenso equivale, en los hechos, a una condena a desaparición.
El eje principal de la defensa apunta al supuesto incumplimiento previsional que sustenta el fallo. Según el club, las cotizaciones fueron pagadas íntegramente el 14 de noviembre de 2025 e informadas el día 15 del mismo mes, dentro del plazo reglamentario. Bajo ese escenario, aseguran que no existió saldo insoluto ni perjuicio alguno para los trabajadores, por lo que —afirman— no se configura infracción sancionable.
Para respaldar su postura, la defensa cita jurisprudencia directa del propio Tribunal, particularmente la Sentencia Rol N°16-2025 (caso Deportes La Serena), donde se resolvió que cuando las cotizaciones están pagadas dentro de los primeros 15 días del mes y no existe daño previsional, no corresponde aplicar castigo disciplinario. El SAU sostiene que el fallo apelado contradice abiertamente ese criterio vigente.
El recurso también cuestiona con dureza la proporcionalidad de la sanción. El escrito recuerda que el descenso constituye la pena más grave del sistema disciplinario ANFP, con efectos estructurales, económicos, deportivos y sociales: afecta contratos laborales y comerciales, destruye la planificación deportiva y compromete la viabilidad financiera del club. A juicio de la defensa, aplicar una sanción de esta magnitud por hechos que no constituyen incumplimientos sustantivos vulnera los principios de razonabilidad, equidad deportiva y proporcionalidad.
Respecto del segundo cargo —el pago fuera de plazo de una remuneración—, el club sostiene que dicho pago se realizó en virtud de una solicitud expresa, formal y notarial del propio trabajador, quien pidió voluntariamente postergar su sueldo por razones personales. Esta autorización quedó acreditada mediante una carta firmada ante notario el 2 de octubre de 2025, documento adjunto en la apelación. En ese contexto, el SAU afirma que no existe mora culpable del empleador, ni incumplimiento laboral, ni perjuicio al trabajador.
La defensa invoca además un principio básico del derecho sancionador: no se pueden castigar conductas consentidas por el titular del derecho. Bajo esa lógica, el club argumenta que un pago efectuado conforme a la voluntad expresa del trabajador no puede generar infracción ni ser utilizado para agravar una sanción.
En un tono particularmente dramático, el escrito subraya la fragilidad económica estructural de los clubes de Segunda División y acusa ausencia de apoyo del órgano rector. Según el alegato, pese a atravesar un año extremadamente complejo, San Antonio Unido pagó, acreditó y regularizó sus obligaciones, siendo igualmente castigado con la pena más extrema del ordenamiento deportivo.
El cierre del recurso es categórico: el club solicita que se revoque la Sentencia Rol 112/25 y se deje sin efecto la pérdida de categoría, argumentando que el castigo no solo es desproporcionado, sino jurídicamente improcedente y causante de un daño irreversible.
Este jueves, ante el Tribunal, San Antonio Unido expondrá una defensa que mezcla argumentos jurídicos, precedentes disciplinarios y una advertencia clara: el descenso no sería solo una sanción deportiva, sino el punto final para una institución histórica del fútbol chileno.