"Se quedaron con el recurso hecho", cuenta un cercano a la directiva de Unión Española. Cristóbal Osorio, el prestigioso abogado contratado por Jorge Segovia había elaborado un recurso de protección para presentar en la justicia ordinaria donde pedía una orden de no innovar mientras no se resolviera el tema de fondo: que tanto Unión como Iquique debían permanecer en Primera debido a la contradicción entre el reglamento y las bases del campeonato.
Entonces se dieron cuenta de un gran problema: en el cuaderno de cargos que entregó TNT a los clubes en octubre pasado, luego de llegar a acuerdo con la ANFP por los partidos no jugados durante el Estallido y la Pandemia, la primera firma era la de Sabino Aguad como gerente de Unión Española. Por lo tanto el club hispano daba su conformidad al texto de 27 páginas que no ha sido publicado en los medios. En dicho cuaderno de cargos, se acordaron graves sanciones a los equipos que no cumplan con los cargos exigidos por TNT. Ante esto, la directiva de Unión Española, junto con el abogado Osorio, decidieron no persistir en la acción judicial y resignarse a jugar en el Ascenso.
¿Qué dice el cuaderno de cargos?
En su punto 4.1 señala lo siguiente:
"Los clubes deberán colaborar activa y permanentemente con la ANFP en todo lo relacionado con la producción, transmisión y difusión audiovisual de las competencias oficiales según coordinación de la ANFP o del Comisario del partido".
Al poner un recurso de protección en la justicia, Unión Española, y eventualmente Iquique, incumplían de manera evidente este punto y se exponía a una "falta gravísima" según el el texto. En el mismo, punto 5º del cuaderno de cargos en lo que se refiere "Del régimen sancionatorio y juridicción", explica que las "faltas gravísimas" se castigan con "Multa de 251 a 1.000 UF. Corresponde a incumplimientos que impiden o degradan severamente la producción, o que vulneran la infraestructura técnica esecial, sin perjuicio de las sanciones mayores establecidas".
En el párrafo siguiente habla del "agravante de reincidencia", donde se establece una doble multa con respecto a la infracción anterior, "pudiendo progresivamente aumentar la sanción hasta el máximo de la escala respectiva en caso de reiteraciones posteriores".
El tema es que al impedir la organización de todos los partidos de Primera y Ascenso, tanto Unión como Iquique acumulaban todas las obligaciones de los clubes, que son 45 por partido, suscritas en el cuaderno de cargos. Y esto, también se podría sumar a todos los restantes partidos no jugados debido a la hipotética orden de "no innovar". Era multa sobre multa. Un infierno para ambos clubes en conflicto.
El cuaderno de cargos fue una acuerdo entre los clubes y la empresa transmisora con el fin de evitar las suspensiones de los partidos como ha ocurrido en los últimos años fue firmado por Sabino Aguad (Unión Española), Diego Livingstone (Concepción), René Rosas (Universidad de Concepción), Jorge Correa (Huachipato), Matías Ahumada (OHiggins) y Hernán Rosemblum (Hucahipato) en representación de los clubes y Gustavo Minaker, Eduardo Dorat, Robert Nicholson, Sebastián Caballero, Renato González y Christián Núñez.