Un inesperado fallo de la Corte Suprema irrumpió en uno de los momentos más importantes del Caso Sartor. Mientras la Fiscalía intenta acreditar la existencia de un millonario esquema defraudatorio y conseguir la prisión preventiva de cinco de los imputados, el máximo tribunal determinó que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) actuó ilegalmente en la primera resolución que terminó con la autorización de existencia de Sartor AGF.
La Suprema acogió el reclamo presentado por la gestora y cuestionó la manera en que actuó el organismo regulador en diciembre de 2024. Según estableció el tribunal, la CMF “incurrió en ilegalidad” al adoptar la medida sin haber realizado previamente un procedimiento administrativo sancionatorio formal que permitiera a Sartor ejercer plenamente su derecho a defensa.
La decisión representa un golpe importante para la CMF, aunque su alcance debe ser entendido con precisión. La Corte Suprema no estableció que las estafas investigadas por el Ministerio Público no hayan ocurrido, tampoco declaró inocentes a Michael Clark ni al resto de los imputados y mucho menos desestimó los antecedentes que Fiscalía ha presentado durante la formalización.
Son dos discusiones judiciales diferentes. La Suprema analizó la legalidad del procedimiento administrativo utilizado por la CMF para actuar contra Sartor, mientras que la causa penal intenta determinar si existió un esquema destinado a utilizar recursos de los fondos administrados por la gestora en beneficio de sociedades relacionadas y si sus responsables cometieron los delitos que les atribuye el Ministerio Público.
Que aquella primera actuación de la CMF haya sido declarada ilegal, entonces, no borra las operaciones investigadas posteriormente ni significa que los eventuales delitos de estafa no se hayan cometido. Tampoco implica que la extensa investigación desarrollada por Fiscalía durante los últimos meses pierda automáticamente su validez producto de la sentencia conocida ahora.
Sin embargo, el momento en que aparece el fallo difícilmente podría resultar más oportuno para las defensas. La resolución de la Suprema se conoció precisamente mientras el tribunal debe resolver las medidas cautelares solicitadas contra los once formalizados, entre ellas la prisión preventiva pedida por Fiscalía para cinco imputados, incluido Michael Clark.
Y es ahí donde la sentencia podría adquirir una importancia que excede la discusión administrativa. Las defensas ahora cuentan con una resolución del máximo tribunal del país que establece que una de las primeras actuaciones del Estado contra Sartor fue ilegal, un antecedente que inevitablemente podría ser utilizado para intentar instalar dudas respecto de la forma en que comenzó todo el proceso.
Eso no significa que el juez penal esté obligado a darle relevancia. El tribunal puede considerar que se trata de una controversia completamente distinta, limitada al actuar administrativo de la CMF, y que aquello no modifica los antecedentes presentados por Fiscalía para acreditar los delitos ni los argumentos utilizados para solicitar las respectivas medidas cautelares.
Pero parece difícil que las defensas desaprovechen la oportunidad. Especialmente porque durante los últimos días han intentado cuestionar tanto la participación de sus representados como la interpretación que Fiscalía ha realizado de distintas operaciones. La sentencia de la Suprema aparece ahora como un elemento adicional para reforzar ese relato justo antes de que se determine quiénes quedarán privados de libertad.
El fallo también abre interrogantes sobre las consecuencias de todo lo ocurrido después de aquella primera resolución. Desde la intervención de Sartor comenzó una cadena de decisiones que incluyó la liquidación de la administradora y actuaciones sobre sus activos para intentar recuperar recursos destinados a responder a los acreedores y aportantes afectados.
Muchas de esas consecuencias difícilmente pueden deshacerse simplemente porque la resolución original haya sido declarada ilegal. De hecho, la propia sentencia deja a salvo las actuaciones y procedimientos posteriores desarrollados por la CMF, por lo que el fallo tampoco significa automáticamente que la liquidación de Sartor quede anulada o que todo deba regresar al escenario existente antes de diciembre de 2024.
Lo que sí podría abrirse es una nueva batalla contra el Estado. Si los representantes de Sartor consideran que una actuación declarada ilegal provocó perjuicios económicos que posteriormente resultaron imposibles de revertir, una eventual demanda de indemnización de perjuicios aparece como uno de los caminos que podrían estudiar a partir de ahora.
Los abogados de Sartor ya celebraron públicamente la decisión. Cristóbal Osorio y Antonio Rubilar sostuvieron que el fallo confirma que la actuación de la CMF fue “injusta e ilegal” y aseguraron que la intervención del regulador “fue apresurada y provocó graves efectos en los fondos, causando enormes pérdidas a miles de aportantes”.
La diferencia, sin embargo, sigue siendo fundamental. Sartor consiguió un triunfo judicial contra la forma en que actuó la CMF, pero eso no equivale a demostrar que el Caso Sartor no existió. La Suprema no determinó que las operaciones investigadas fueran legales, no descartó una eventual estafa ni resolvió sobre la responsabilidad penal de Clark o de los demás formalizados.
Lo que hizo fue entregarles a las defensas un argumento que hasta ahora no tenían. En momentos en que Fiscalía busca convencer al tribunal de la gravedad del supuesto fraude y de la necesidad de enviar a cinco imputados a prisión preventiva, el máximo tribunal acaba de establecer que el Estado actuó ilegalmente en uno de los primeros episodios de la caída de Sartor. Cuánto pesa eso en la causa penal será ahora una decisión completamente distinta.