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San Marcos por ahora respira luego que el Tribunal de Penalidades desestimó las acusaciones por parte de la ANFP en cuanto a solicitar la desafiliación del club por los estados financieros y contables del club y un incumplimiento del capital mínimo de funcionamiento equivalente a 1.000 Unidades de Fomento.
San Marcos reconoció la existencia de la divergencia de capitales, pero sostuvo que ésta se encontraba solucionada y justificada a través de la firma de un “Convenio de Capitalización de Crédito y Aporte Irrevocable para Futura Capitalización”, fechado el 30 de marzo de 2026
Por lo tanto se rechazó la denuncia principal interpuesta por la Asociación Nacional de Fútbol Profesional en contra del Club Deportivo San Marcos de Arica S.A.D.P., fundada en el artículo 10.1 letra g) del Reglamento de la ANFP, por no haberse acreditado con el estándar probatorio exigible, que el Club San Marcos de Arica S.A.D.P. haya presentado documentación falsa o adulterada ante la Asociación.
Eso sí el Tribunal acogió una denuncia subsidiaria fundada en el artículo 6.5 letra h) del Reglamento de la ANFP, declarando que el Club San Marcos de Arica S.A.D.P. incumplió su obligación de proporcionar oportunamente a la Asociación los antecedentes relativos a la capitalización de la deuda con su accionista don David Ramos Molina, que incidieron en el capital de funcionamiento declarado al 31 de marzo de 2026. En consecuencia, conforme al artículo 7.2 del mismo Reglamento, se le impone una multa de 500 (quinientas) Unidades de Fomento.
Esta sanción pecuniaria deberá enterarse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que esta sentencia se encuentre ejecutoriada, bajo el apercibimiento del artículo 42.4 de los Estatutos de la ANFP.